El Supremo confirma la absolución del acusado de decapitar a un vecino de Ejea en 1996

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso contra la absolución de Pablo Miguel C.L. por asesinar y decapitar a un vecino de Ejea de los Caballeros, Eduardo Montori, en 1996. Un jurado popular dictó que no fue el autor material de los hechos, aunque sí estuvo en el escenario del crimen. El TSJA ratificó esta sentencia hace un año.

Zaragoza.- El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso interpuesto contra la absolución de Pablo Miguel C.L. por el asesinato y decapitación de un vecino de Ejea de los Caballeros, Eduardo Montori, en el año 1996. Fue juzgado por un jurado popular, quien dictó que no era el autor material del asesinato, aunque presenció los hechos. Ahora, tras refrendarlo también el TSJA, el Supremo ha confirmado la exculpación.

Este crimen se llevó a cabo en septiembre de 1996, pero, cuando estaba a punto de prescribir, los avances tecnológicos en investigación criminal permitieron a los agentes de la Guardia Civil identificar la huella de Pablo Miguel C.L. en la habitación donde fue hallado el cadáver, decapitado y quemado parcialmente.

Sin embargo, el jurado popular entendió que no existían pruebas suficientes de que fuera el autor material del asesinato. Tampoco valoraron que Pablo Miguel C. L. se jactara de haber matado a Montori cuando amenazó a los agentes de la Policía Local de Ejea diciéndoles que iba a cortarles la cabeza "como a Montori".

Ahora, el Supremo vuelve a confirmar estos argumentos en su sentencia y señala que la aprobación como hecho probado de que no se había acreditado durante el juicio que el acusado fuera el autor del asesinato no es susceptible de un nuevo debate procesal. La Fiscalía llegó a solicitar 23 años de prisión para Pablo Miguel C.L.