Los banquetes en el interior dejarán de estar así limitados a 50 personas
Los banquetes en el interior dejarán de estar así limitados a 50 personas

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha suspendido la ley por la que se restringía a 50 personas el aforo en las celebraciones familiares. De esta forma, ha dado la razón a los hosteleros aragoneses, que fueron los que recurrieron. La medida es cautelarísima y todavía deberá dictarse una sentencia definitiva.

La orden del 9 de septiembre dictaba que no podían superar las cincuenta personas las reuniones sociales en espacio cerrado. Al aire libre se ampliaba hasta cien. La medida hacía referencia a bautizos, comuniones… De esta forma, ya se podrán celebrar hasta que se emita una orden definitiva.

Para la resolución se ha tenido en cuenta el hecho de que ha habido un escaso margen de actuación o las importantes pérdidas que ha provocado la orden. “Los meses de septiembre y octubre son los más tradicionales, junto con abril a junio, para la celebración de bodas”, señalaban. De esta forma, el gobierno ha provocado importantes daños a la hostelería.

El tribunal también ha considerado “penosa” la situación de novios que se han visto en la obligación de suspender su boda o restringir invitados por esta causa. Ellos han tenido que decidir “quienes son imprescindibles”. Además, a los que se les niega la invitación pudieron generarles “importantes gastos en trajes, billetes de transporte…”.

Además, creen que es “absurdo” no poder juntarse más de 60 personas, pero sí dos bodas de 50 invitados separados por un biombo. En este mismo sentido creen que lo peor del brote ya pasó. Por todo ello, considera “perfectamente atendibles los argumentos de la parte, esencialmente los relativos a que no se conoce una justificación de fondo para establecer estas concretas restricciones de derechos, no habiendo motivos para pensar que la suspensión de las restricciones no pueda esperar unos días a que, oída la administración, se resuelva de modo definitivo la cautelar”.

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