Aragón convoca ayudas de 1,4 millones para el plan renove de electrodomésticos y calderas 2020

Aliaga y Teruel han firmado este miércoles el convenio
photo_camera Aliaga y Teruel han firmado este miércoles el convenio

El plan renove de electrodomésticos y calderas del Gobierno de Aragón promueve la sustitución de aparatos e instalaciones de baja eficiencia energética por otros de alta eficiencia energética y menos contaminantes. Este plan refuerza la firme apuesta del Ejecutivo por el desarrollo sostenible. Con esta línea y con una concesión de ayudas dotadas en 1,4 millones de euros se pretende impulsar la actividad comercial facilitando al consumidor la renovación de electrodomésticos, equipos productores de calor y frío, así como de calderas, al mismo tiempo que promueve la actividad y el empleo en la instalación de dichos aparatos y equipos.

El vicepresidente y consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, Arturo Aliaga, ha incidido en “los cuatro objetivos que persigue la convocatoria de este plan”. Con su puesta en marcha, ha reiterado Aliaga, “cumplimos con nuestro firme compromiso con el sector del comercio. Este plan, sumado a otras iniciativas de promoción, busca incentivar el consumo responsable, el ahorro energético, pero también reforzar el empleo y aumentar la seguridad en las instalaciones”.

Para la ejecución del plan renove y el desarrollo de las actuaciones que permiten llevarlo a cabo, la Dirección General de Comercio, Ferias y Artesanía cuenta con la participación del Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios como entidad colaboradora que se encargará, a través del convenio suscrito entre ambas partes, de actuar como asistente en la gestión de las ayudas que se convocan y que ha sido ratificado con la firma de Arturo Aliaga y Manuel Teruel.

Se podrán beneficiar de estas ayudas personas físicas, que se acojan a las ayudas a través de los comercios o empresas instaladoras adheridas al “Plan Renove Aragón 2020”.

Se consideran susceptibles de ayuda, la adquisición de aparatos y equipos nuevos con las categorías que se indican a continuación y que sustituyan a otros menos eficientes o más contaminantes: Electrodomésticos con alta eficiencia energética con las siguientes prestaciones mínimas: Frigorífico y frigorífico – congelador, A++ o superior; congelador, A++ o superior; lavadora, A++ o superior; lavavajillas, A++ o superior; encimeras de inducción total; horno clase energética A + o superior. Aparatos de aire acondicionado individuales con clasificación energética A + o superior en refrigeración y al menos A en calefacción, que requieran instalación y que trabajen en modo frio o en modo frio/calor con una potencia térmica nominal en refrigeración inferior o igual a 12 kW. Calderas estancas de condensación de uso individual, sólo calefacción o mixta, con clasificación energética A o superior, que utilicen gas natural o GLP, con una potencia máxima inferior a 70 kW y que además sean de baja emisión NOx (Clase 5 o superior).

Sólo será objeto de ayuda la adquisición de un aparato o equipo de cada uno de los tipos especificados, siempre que sustituya a otro de menor eficiencia energética y/o más contaminante.

El lugar de recogida del aparato o equipo a sustituir y el lugar de entrega e instalación del aparato o equipo nuevo deberán estar ubicados en la Comunidad Autónoma. El aparato sustituido, no podrá ser reutilizado y deberá ser gestionado como residuo, de acuerdo a la normativa vigente. Los aparatos electrodomésticos y equipos objeto de subvención deberán ser adquiridos dentro del plazo de vigencia del plan.

Puedes consultar en www.renovearagon.com los comercios e instaladores adheridos que te aconsejarán sobre los electrodomésticos y equipos que mejor se adapten a tus necesidades y cómo beneficiarte del plan. El plazo de ejecución es desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Aragón de la Orden de Convocatoria, hasta que se cumplan cuatro meses desde dicho día o, en su caso, hasta agotar la dotación presupuestaria asignada para la ejecución de este programa de ayudas.

La cuantía de la ayuda en ningún caso podrá ser superior al 25% del coste de los aparatos o equipos correspondientes (IVA no incluido). Asimismo, el importe de la subvención, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de adquisición del aparato.