Sentencia pionera en Aragón que anula un seguro de vida de 20 años vinculado a una hipoteca

El Colegio de Mediadores de Seguros de Zaragoza respaldó en mayo la reclamación presentada por un particular contra esta entidad bancaria
photo_camera El Colegio de Mediadores de Seguros de Zaragoza respaldó en mayo la reclamación presentada por un particular contra esta entidad bancaria

La Justicia ha dado la razón al Colegio de Mediadores de Seguros de Zaragoza. La institución respaldó públicamente la reclamación que un particular presentó contra el Banco Sabadell por imponerle un seguro de vida de 20 años de duración y el cobro de su correspondiente prima, de forma anticipada, que ascendía a más de 20.700 euros.

La entidad zaragozana, que vela por los intereses del sector seguros, calificó de “mala praxis” esta actuación por parte del Banco Sabadell, por lo que el Colegio de Mediadores de Seguros de Zaragoza se vio en la obligación de respaldar esta reclamación, con José Luis Carrera como abogado del caso.

Por ello, la sentencia anula el seguro de vida a 20 años con prima anticipada y el seguro de protección de pagos a 5 años, por considerarlos perjudiciales para el cliente. Por lo tanto, condena al Banco a devolver la prima anticipada no consumida. “La prima consumida del seguro de vida se reduce al precio de mercado, según ofertas que presentamos, y se devolverá al cliente la diferencia. También, se le devolverán a nuestro defendido los intereses pagados por la parte financiada de la prima”, explica Carrera.

Para Carrera, “la sentencia es una novedad en Aragón, ya que no existía ninguna en nuestra Comunidad, y en España puede ser la tercera”. Además, “debería servir para que se sancionase a bancos por imposición de este tipo de seguros de larguísima duración”, ha subrayado.

El abogado del Colegio de Mediadores ha señalado que la sentencia “tiene otra cuestión muy importante porque analiza las bonificaciones que se incluyen en la escritura de hipoteca y dice que no es necesario que se contrate el seguro con el banco para que se obtenga esa bonificación”. Por esta razón, ha matizado, “los clientes van a poder reclamar al banco que acepte un seguro obtenido a través de un mediador de seguros y que no se le perjudique en el tipo de interés”.

La sentencia anula, parcialmente, la cláusula hipotecaria, aunque no llega a anular la bonificación. Ahora bien, “la interpretación que da el juez es que la bonificación se debe de aplicar igualmente con pólizas de otros proveedores y, además, condena al banco al pago de las costas del proceso judicial”, señala el abogado.

Por su parte, el presidente del Colegio de Mediadores de Zaragoza, Miguel de las Morenas, recalca “que está prohibida la imposición de unos seguros al contratar la hipoteca, pero es que, en este caso, el banco fue mucho más allá y obligó a contratar un seguro de vida con su propia aseguradora, con una duración de 20 años, y le cobró anticipadamente la prima con un coste de más de 20.700 euros”.

“Desde el Colegio de Mediadores nos mostramos muy satisfechos con la sentencia y esperamos que pueda ser ejemplarizante para impedir este tipo de prácticas”, ha concluido el presidente del Colegio.