El Consorcio de Seguros abona más de 90 millones a los afectados por el volcán de La Palma hasta mediados de enero

La indemnización media abonada por vivienda es de 150.860 euros
photo_camera La indemnización media abonada por vivienda es de 150.860 euros
El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) ha abonado hasta la fecha un total de 90,57 millones de euros a asegurados afectados por la erupción volcánica en la isla de La Palma. Según ha informado el Consorcio en un comunicado, el citado importe corresponde a 525 viviendas por las que se han abonado 79,2 millones; a 77 automóviles que han supuesto indemnizaciones por 335.386 euros; a 71 comercios, hoteles, locales de oficina y otros inmuebles públicos o privados de uso no industrial, cuyo importe indemnizado asciende a 10,57 millones, y a siete industrias, por importe total de 461.456 euros. Todos estos riesgos se sitúan en los términos municipales de Los Llanos de Aridane, El Paso, Tazacorte, Santa Cruz de La Palma, Breña Alta, Fuencaliente de La Palma y Tijarafe. La indemnización media abonada por vivienda es de 150.860 euros, y en el caso de los comercios, hoteles, locales de oficina y otros inmuebles públicos o privados de uso no industrial, la indemnización media asciende a 150.990 euros. En las industrias es de 83.000 euros y en los vehículos se sitúa en 4.745 euros. En conjunto, el importe medio abonado por solicitud de indemnización es, hasta ahora, de 133.188 euros. En la misma fecha, el Consorcio ha recibido 3.542 solicitudes de indemnización por daños producidos a 2.936 viviendas, 253 vehículos automóviles, 321 comercios, hoteles y locales de oficina, y 32 industrias. Desde la publicación de los datos del Consorcio el día 21 de diciembre, todos los días, sin excepción, se han recibido entre 25 y 50 nuevas solicitudes de indemnización diarias. Por localidades, destacan Los Llanos de Aridane, de donde proceden 2.115 solicitudes de indemnización; El Paso, con un total de 646 solicitudes; Tazacorte, con 224 solicitudes; Breña Alta, con 132 solicitudes; Santa Cruz de La Palma, con 131 solicitudes; Breña Baja, con 114; Villa de Mazo, con 84; Fuencaliente de La Palma, con 36 solicitudes; y Tijarafe, de donde se han recibido 29 solicitudes. Sin perjuicio de las 680 solicitudes de indemnización abonadas, no se han podido admitir a tramitación y pago, tras examinar la documentación correspondiente, 149 solicitudes de indemnización por diversos motivos, entre los que destacan la existencia de carencia al no haber transcurrido el plazo legal de siete días entre la fecha de emisión del contrato y la fecha en la que, de acuerdo con las verificaciones realizadas por el CCS, se produjo efectivamente el daño al bien asegurado; y la falta de cobertura en el contrato de seguro de la inhabitabilidad de la vivienda o de la pérdida de alquileres por su arrendamiento, o por no darse las circunstancias recogidas en el contrato de seguro para ser indemnizado el asegurado por dichos conceptos. Otros motivos, de menor frecuencia que los anteriores, son que los daños fueron ocasionados en producciones agropecuarias no susceptibles de indemnización por el seguro de riesgos extraordinarios; el abandono por el propio asegurado de la solicitud de indemnización inicialmente presentada; la inexistencia de seguro en la fecha en que se produjeron los daños, o duplicidades en la presentación de la solicitud. El 51% de las 3.542 solicitudes de indemnización se han presentado a través de la página web del CCS (‘www.consorseguros.es’), y el 49% mediante llamada al centro de atención telefónica del CCS (teléfono gratuito 900 222 665). Han sido las aseguradoras las que, en representación de los asegurados afectados, han solicitado la indemnización en el 41% de los casos; los mediadores (agentes o corredores) de seguros lo han hecho en el 35% de las ocasiones, y ha sido el propio asegurado directamente quien lo ha solicitado en el 24% restante de los casos. El Consorcio ha destacado que seguirá abonando las indemnizaciones por transferencia bancaria, tanto por los daños materiales sufridos (lava y cenizas) como por las pérdidas de alquileres o de inhabitabilidad de las viviendas y las pérdidas de beneficios por la destrucción o la interrupción de negocios, siempre que unos y otros se encuentren asegurados.