Los funcionarios podrán ser relevados si suspenden las nuevas evaluaciones de desempeño de forma “continuada”

Manos de una persona sobre un ordenador portátil
photo_camera Los sindicatos han rechazado en primera instancia esta medida

El anteproyecto de ley de Función Pública contempla la posibilidad de que los funcionarios sean apartados de su puesto si obtienen de forma “continuada” resultados negativos en la nueva evaluación de desempeño.

Así se establece en el artículo 84.3 del texto, al que ha tenido acceso Servimedia, que tiene como una de sus principales novedades esta valoración anual de la labor del empleado público. De hecho, es uno de los pilares de la ley y afecta a otras muchas novedades del texto, como el nuevo complemento salarial por desempeño o la promoción interna horizontal.

No obstante, la ley está en su fase embrionaria, ya que tan solo ha sido aprobada en primera vuelta por el Consejo de Ministros. El texto tiene por delante una larga tramitación, no está cerrado y saldrá en los próximos días a audiencia pública.

COMPLEMENTOS SALARIALES Y ASCENSOS

El anteproyecto indica que la Administración valorará la conducta profesional del funcionario y medirá su rendimiento o logro de resultados “con la finalidad de mejorar la productividad de las diferentes unidades y la calidad de los servicios públicos”.

Para ello, tendrá en cuenta criterios objetivos como la consecución de los objetivos estratégicos de cada unidad o la innovación, la adquisición de nuevas competencias profesionales, el desarrollo y promoción profesional y la mejora “continua” de los procedimientos.

También contemplará aspectos más subjetivos como “la motivación de las personas” a la hora de implicarse en el logro de las metas marcadas por la unidad, “el fomento del trabajo en equipo y las relaciones transversales” o “la mejora de la comunicación e intercambio de información”.

POSIBLES CONSECUENCIAS

En caso de lograr evaluaciones favorables, los funcionarios podrán beneficiarse del futuro complemento salarial por desempeño, lograr nuevos ascensos o garantizarse su continuidad en su puesto de trabajo, según los términos actuales del texto.

No obstante, ante resultados negativos “continuados”, el funcionario podría enfrentarse a distintas consecuencias. Entre ellas, “la no valoración del mérito de experiencia durante el correspondiente periodo en los procesos de selección y provisión a los que concurra” o “la remoción del puesto obtenido por concurso” previa “audiencia de la persona interesada y mediando resolución motivada”.

OPOSICIÓN DE SINDICATOS

CCOO y UGT han rechazado en primera instancia esta medida porque consideran que "no se puede disponer" de una norma así sin tener "articulado cómo va a realizarse esa evaluación" y "sin tener la garantía real de que esa evaluación es garantista y transparente".