El Congreso da el primer paso para excluir a los perros de caza de la Ley de Bienestar Animal

Con la nueva norma, los municipios tendrán que determinar “lugares específicamente habilitados para el esparcimiento” de los perros
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La Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales se ha desatascado en su paso por el Congreso de los Diputados con un primer paso en el que quedan excluidos los perros de caza del ámbito de aplicación de la norma, un asunto que causó desavenencias entre el PSOE y Unidas Podemos, lo que bloqueó el avance del texto en la Cámara Baja.

La Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad del Congreso se ha celebrado este pasado jueves después de ser desconvocada dos veces en los últimos días por esas discrepancias entre los partidos que sustentan al Gobierno de coalición, del que partió el proyecto de ley.

Los socialistas pretendían excluir a los perros de caza, rehalas y animales auxiliares de caza, así como los animales empleados en actividades específicas (las deportivas reconocidas por el Consejo Superior de Deportes, las aves de cetrería, los perros pastores y de guarda del ganado) y los utilizados en actividades profesionales (perros de rescate, animales de compañía utilizados en intervenciones asistidas o animales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o de las Fuerzas Armadas).

Tras un tira y afloja de más de una semana, la Comisión aprobó con 28 votos a favor (de PSOE, PP, Vox y PNV), seis en contra y dos abstenciones una transaccional a la enmienda del PSOE, que establece que todos los animales mencionados “se regulan y quedarán protegidos por la normativa vigente europea, estatal y autonómica correspondiente, y que les sea de aplicación al margen de esta ley”.

ROMERÍAS Y FERIAS

Por otro lado, la Comisión de Derechos Sociales respaldó con 19 votos a favor, 16 en contra y una abstención el informe de la ponencia, al que tuvo acceso Servimedia, y que refleja que han sido aceptadas 114 enmiendas y otras 51 han resultado transaccionadas, mientras que seis se retiraron y una fue inadmitida.

Una de las novedades recogidas en ese informe es que el uso de animales en romerías y ferias cuando haga mucho calor o en los que se empleen elementos pirotécnicos estará prohibido cuando se apruebe y entre en vigor la futura Ley de Protección, Bienestar y Derechos de los Animales. Reglamentariamente se determinarán los rangos de temperatura en los que se permite utilizar animales de compañía en esos casos.

VENTA EN TIENDAS Y DELFINARIOS

Además, se suprime una disposición transitoria del proyecto de ley que obligaba a los dueños de perros a hacer un curso de formación para su tenencia en un plazo de dos años desde la entrada en vigor del desarrollo reglamentario de la norma. No obstante, ese curso sí será obligatorio para quienes quieran ser titulares de un perro una vez en vigor la ley.

También se prohibirá “utilizar cualquier artilugio, mecanismo o utensilio destinado a limitar o impedir” la movilidad de animales salvo por prescripción veterinaria, algo que fue enmendado por Esquerra Republicana, Junts, la CUP y Más País-Verdes-Equo, que quieren evitar que algunos perros y caballos estén permanentemente atados.

Otras novedades son que los municipios tendrán que determinar “lugares específicamente habilitados para el esparcimiento” de los perros, que el transporte de animales destinados a actividades deportivas o lúdicas (incluida la caza) se haga en buenas condiciones y que el Gobierno elabore un proyecto de ley de grandes simios.

Que las tiendas tengan un plazo de 12 meses antes de que se prohíba la venta de animales y la exclusión de los animales utilizados en investigación clínica veterinaria conforman otras enmiendas pactadas entre los grupos.

Igualmente, el informe de la ponencia incluye una enmienda transaccional con la cual la Ley de Bienestar Animal permite el uso de cetáceos en “espectáculos, interacciones comerciales o gratuitas” si están con “sus cuidadores o profesionales relacionados”. A la entrada en vigor de la norma, esos animales podrán permanecer “hasta su fallecimiento” en sus emplazamientos (por ejemplo, delfinarios) “cuando no sean reintroducibles en el medio natural”.