El INE detectó más de 137.000 falsos autónomos en el último trimestre de 2022

Un repartidor de Glovo
photo_camera El dato del último trimestre es inferior a la cifra del trimestre anterior

El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha reclasificado en el último trimestre de 2022 como empleados asalariados a 137.600 personas que previamente habían asegurado que eran trabajadores independientes.

El INE ha realizado esta reclasificación para realizar la última Encuesta de Población Activa (EPA), según los datos a los que ha tenido acceso Servimedia, ya que estas 137.600 personas se autoidentificaban en primer lugar como trabajadores independientes pero, posteriormente, aseguraban que, en realidad, su labor la llevaban a cabo para un empleador.

No obstante, el dato del último trimestre es inferior a la cifra del trimestre anterior, ya que entre julio y septiembre el INE reclasificó a 156.500 autónomos como asalariados. De esta manera, se ha producido una bajada intertrimestral del 12,07%.

Si se contrastan los datos del último trimestre de 2022 con el mismo período de 2021, cuando el INE reubicó a 161.100 trabajadores independientes como asalariados, la caída es todavía mayor, ya que alcanza el 14,58% en comparativa interanual.

En este sentido, cabe recordar que la Inspección de Trabajo identificó a 40.000 falsos autónomos durante el año 2022, una cifra que crece hasta las 80.000 en los últimos tres ejercicios. Al respecto, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha avisado esta misma semana de que “no va a quedar nadie fuera de la ley en nuestro país”.

“Tenemos un abordaje completo hacia el principal problema del mercado de trabajo, que es la precariedad. Hemos desarrollado una estrategia que tiene que ver con acabar con la precariedad”, ha apuntado Díaz. Además, ha denunciado que la figura del falso autónomo elude el pago de cotizaciones a la Seguridad Social, al tiempo que se vulneran los derechos de los trabajadores.

EL CASO DE GLOVO

En este contexto, la Inspección de Trabajo acaba de imponer otra sanción millonaria a Glovo por valor de 57 millones de euros, acusándole de recurrir a la figura del falso autónomo, así como de contar con personas extranjeras sin permiso de trabajo.

Precisamente, el artículo 311 bis del Código Penal contempla prisión de tres a 18 meses o multa de 12 a 30 meses para quien “de forma reiterada, emplee o dé ocupación a ciudadanos extranjeros que carezcan de permiso de trabajo” o “emplee o dé ocupación a un menor de edad que carezca de permiso de trabajo.”

Asimismo, Díaz ha recordado esta semana que se ha reformado el artículo 311 del Código Penal, que “tiene que ver con los reiterados incumplimientos con los trámites administrativos”. Este artículo recoge penas de prisión de seis meses a seis años y multa de seis a 12 meses por imponer condiciones ilegales contratando "bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo, o las mantengan en contra de requerimiento o sanción administrativa".

Finalmente, la titular de la cartera de Trabajo ha aseverado que, al igual que se exige a los ciudadanos cumplir con la ley, “a las empresas que vulneran reiteradamente, no solamente las normas laborales, sino que se revelan frente a los trabajos de la función pública, en este caso la Inspección, actuaremos con el peso de la ley”.