El Congreso aprobará esta semana la Ley de Bienestar Animal sin los perros de caza

perro tras una valla
photo_camera El texto obliga a los futuros propietarios de perro a realizar un curso formativo sobre su tenencia, limita la cría a los profesionales homologados y no permite la eutanasia de animales sanos. Foto: Laura Trives

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobará definitivamente el jueves, 16 de marzo, la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, que no incluirá a los perros de caza, y una ley orgánica que modifica el Código Penal en materia de maltrato animal, con lo que los dos textos pasarán a ser publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Ambas normas fueron aprobadas el pasado 1 de agosto por el Consejo de Ministros y han seguido una tortuosa tramitación conjunta en el Parlamento que finalizará tras serias discrepancias entre el PSOE y Unidas Podemos, que sustentan al Gobierno de coalición de Pedro Sánchez, sobre si los perros de caza debían o no estar en la Ley de Bienestar Animal, algo sí recogido inicialmente en el texto del Ejecutivo.

Esa iniciativa, respaldada desde el principio por la Real Federación Española de Caza (RFEC), suscitó las quejas de colectivos animalistas, con acciones como una manifestación entre el Congreso y la sede federal del PSOE, una concentración en las proximidades de la Cámara Baja, el recorrido de un autobús vinilado con la imagen de un galgo con una soga al cuello y una fotografía del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la entrega de más de 325.000 firmas a varios diputados del Congreso.

La Comisión de Derechos Sociales respaldó en diciembre la enmienda del PSOE, con algunos matices, gracias al apoyo del PSOE, el PP, Vox y el PNV. Y el Pleno del Congreso envió el texto al Senado en vísperas de Navidades. La norma tuvo un breve recorrido en el Senado, puesto que fue tramitada de forma urgente a solicitud del Gobierno. Estuvo solo a un voto de ser rechazada por dos veces gracias a propuestas de veto del PP, el PNV y UPN.

PRIMERA LEY NACIONAL

La mencionada ley es la primera de ámbito nacional en materia de derechos y bienestar de los animales en España, puesto que esta materia hasta ahora había sido regulada en el ámbito autonómico.

Entre sus objetivos principales están promover la tenencia y la convivencia responsable; fomentar la protección de los derechos y el bienestar de los animales; luchar contra el maltrato y el abandono; impulsar la adopción y el acogimiento; desarrollar actividades formativas, divulgativas e informativas en materia de protección animal, y promover campañas de identificación, vacunación, esterilización, cría y venta responsable.

La ley entrará en vigor seis meses después de publicarse en el BOE, con lo que será una realidad el próximo septiembre. El texto obliga a los futuros propietarios de perro a realizar un curso formativo sobre su tenencia, limita la cría a los profesionales homologados y no permite la eutanasia de animales sanos, ya que solo se autoriza para evitar el sufrimiento y a criterio de un veterinario.

Además, prohíbe la venta de animales de compañía en tiendas (un año después de la entrada en vigor de la norma), los circos con animales (seis meses después), las peleas de gallos y prácticas como atar animales a vehículos en marcha o usar collares o pinchos que les puedan ahorcar, así como el uso de animales en romerías y ferias cuando haga mucho calor o cuando se empleen elementos pirotécnicos.

También recoge que los municipios tendrán que determinar “lugares específicamente habilitados para el esparcimiento” de los perros, el transporte de animales destinados a actividades deportivas o lúdicas (incluida la caza) debe hacerse en buenas condiciones y el Gobierno elaborará un proyecto de ley de grandes simios.

El Congreso decidirá el próximo jueves sobre las enmiendas aprobadas en el Senado, entre ellas que no sea obligatorio identificar con chip ni esterilizar a los gatos de colonias urbanas y que los ciudadanos deben comunicar a las autoridades que tienen determinados animales, como artrópodos, peces o anfibios cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo grave, reptiles venenosos o cualquier reptil adulto de más de dos kilos -salvo los quelonios-, primates o mamíferos silvestres adultos de más de cinco kilos.

Además, deberá pronunciarse sobre que la norma ya no contenga alusiones a que se prohíbe ejercer la mendicidad valiéndose de animales de compañía o silvestres en cautividad, que los planes de protección civil deben tener medidas de protección de los animales, que la ley no supondrá un incremento del gasto público y que los dueños de perros realicen junto a estos un test para valorar su aptitud para desenvolverse en el ámbito social, todos ellos aspectos suprimidos durante la tramitación en el Senado.

CÓDIGO PENAL

En cuanto a la reforma del Código Penal, amplía la protección a todos los animales vertebrados, endurece la lucha contra el maltrato.

El Congreso tendrá que pronunciarse sobre un aspecto incorporado al texto en el Senado: que las personas que hayan sido condenadas por maltratar a un animal, especialmente de compañía, no volverán a tener a su mascota cuando hayan cumplido su condena de inhabilitación para la tenencia de animales porque en ese caso se producirá el decomiso definitivo por parte de las autoridades.