Suspenden un nuevo proceso por la propiedad de los murales de Sijena a la espera de respuesta del TS

La magistrada ha decidido por lo tanto suspender el juicio por litispendencia a la espera que el Tribunal Supremo resuelva los recursos de casación de la Generalitat de Cataluña por la sentencia de 2016
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Esta mañana el juzgado Nº2 de Huesca ha suspendido la vista previa de un nuevo proceso en el que la Generalitat de Cataluña ha defendido la permanencia de las pinturas del Monasterio de Sijena en el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC). La jueza ha decidido esperar a que el Tribunal Supremo resuelva los recursos de casación a la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Huesca (APH) en la que se obligaba a la Generalitat a devolver los murales a Aragón.

Esta mañana, el abogado de la Generalitat, Xavier Muñoz, ha expuesto su demanda a las monjas del monasterio y al Ayuntamiento de Villanueva de Sijena para que se cumpla con un contrato firmado en 1992 en el que, según ha defendido, las monjas prestaban las pinturas murales del convento, trasladados de Sijena a Barcelona en 1936.

El abogado de la Generalitat ha cuestionado también que las partes demandadas, las monjas y el Ayuntamiento oscense, tuvieran legitimidad en esta causa. Muñoz ha calificado de “persona ajena a la naturaleza de este pleito” la participación del Ayuntamiento, así como ha dudado de “los poderes en cuestiones patrimoniales” de una de las monjas demandadas en este litigio.

Sus abogados, Jorge Español –letrado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena- y Gonzalo Fernández de Arévalo –representante de las monjas de Sijena-, han respondido que “la cuestión ya fue extensamente resuelta”. La jueza lo ha decidido desestimar.

El abogado de la Generalitat ha defendido que el contrato de préstamo firmado en 1992 “era correcto” y que en este litigio defenderá su autenticidad “sin pasiones ni contextos”. La magistrada ha considerado que algunas de las cuestiones que se plantearon en el primer juicio de las pinturas murales, cuya sentencia fue dictada el 4 de julio de 2016, y que están pendientes de resolver por el Tribunal Supremo tienen una clara incidencia sobre el litigio que ahora se plantea.

Entiende por ello, que esta cuestión hace que no sea posible continuar con el procedimiento con el fin de evitar que se puedan producir sentencias contradictorias. En el primer juicio una de las cuestiones en litigio fue la titularidad de las pinturas en tanto que en el actual lo que se plantea es el cumplimiento del contrato de cesión de las pinturas a la institución catalana.

La magistrada ha decidido por lo tanto suspender el juicio por litispendencia a la espera que el Tribunal Supremo resuelva los recursos de casación de la Generalitat de Cataluña por la sentencia de 2016 en la que se obligaba al MNAC a devolver las pinturas murales a Sijena. Sin embargo, este traslado también está congelado a una respuesta del Supremo ya que su trasladado podría deteriorar su alto valor artístico.