Aragón convoca nuevas ayudas para personas con discapacidad por 250.000 euros

Los solicitantes deben tener una discapacidad superior al 33%

El Gobierno de Aragón ha convocado las nuevas ayudas para dependientes, dirigidas a subvencionar la adquisición de prestaciones tecnológicas, soluciones técnicas, adaptaciones en el hogar y accesibilidad. La cuantía de estas subvenciones asciende a 250.000 euros.

Según ha publicado hoy el Boletín Oficial de Aragón, las ayudas financiarán los gastos producidos y justificados desde el 1 de septiembre de 2018 hasta la fecha de finalización del plazo de solicitud. Las personas que pueden solicitarla tienen que tener un reconocimiento del grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Las personas que tengan resolución de reconocimiento de valoración de dependencia con Grado II y III solo podrán acogerse a las ayudas técnicas y tecnológicas, a las ayudas para la eliminación de barreras arquitectónicas de la vivienda habitual y adaptación funcional de la misma.

Las personas que ocupan plaza en centro de atención residencial con carácter permanente quedan excluidas de esta convocatoria.

Los solicitantes deben estar empadronados y tener residencia efectiva en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón, al menos con un año de antelación a la finalización del plazo de presentación de la solicitud.

Cuando la persona beneficiaria sea menor o tenga su capacidad modificada judicialmente, la persona que actúa en su nombre, en el ejercicio de la patria potestad o tutela, deberá tener igualmente residencia efectiva en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón, al menos con un año de antelación a la finalización del plazo de la solicitud.

Las personas que las pidan no tienen que haber obtenido ayudas de la misma naturaleza y finalidad provenientes de entidades públicas o privadas ni hallarse incurso en las causas de prohibición reguladas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.

Entre las ayudas que da el Gobierno de Aragón destaca la de adaptación de vehículo a motor con hasta 2.200 euros. La persona destinataria deberá tener reconocida la dificultad de movilidad conforme al baremo del anexo 3 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, o requerir adaptación en el vehículo por discapacidad que le afecte directamente a la conducción.