El antisistema Rodrigo Lanza podrá salir en junio de Zuera tras ser condenado a cinco años de prisión

Respecto a la petición de libertad el magistrado ha decretado que Lanza continúe en prisión
photo_camera Respecto a la petición de libertad el magistrado ha decretado que Lanza continúe en prisión

El juez ha condenado a Rodrigo Lanza a cinco años de prisión y una indemnización de 200.000 euros a la familia y de 5.620 euros al Salud por la muerte de Víctor Laínez, ocurrida el 12 de diciembre de 2017, cuatro días después de sufrir una agresión en el bar Tocadiscos de Zaragoza. Así lo ha decidido el magistrado-presidente del jurado, José Ruiz Ramo, después de que el jurado descartara el asesinato y le condenara culpable de un delito de homicidio por imprudencia grave.

Tras dos días de deliberaciones, el jurado descartó las peticiones de Fiscalía y acusaciones por asesinato y consideraron probado que existieron motivos políticos o ideológicos. Sin embargo, concluyeron que el fallecimiento se produjo cuando Laínez se golpeó con el suelo, descartando que el agresor utilizara un mosquetón u otro objeto. El jurado, por una mayoría de cinco a cuatro votos, aseguró que la lesión que causó la muerte fue causada “al caer a plomo” e impactar la región lateral derecha de su cráneo contra el suelo.

El juez ha entendido que en el delito de lesiones confluye la agravante de alevosía y no el de ensañamiento, ya que Lanza “no prolongó el sufrimiento de Laínez”, pues el golpe con el suelo, según el Jurado Popular, “fue el que le dejó inconsciente, aunque con vida hasta el día de su fallecimiento”. Además, ha concluido en este punto que, aunque no concurre jurisprudencialmente la circunstancia agravante de ensañamiento, “esta forma despiadada de patadas y golpes sobre el cuerpo exánime de la víctima fueron innecesarios para quitarle la vida”, y por eso sí tiene en cuenta este comportamiento del acusado en la individualización de la pena.

El juez ha creído que concurre la agravante por motivos ideológicos porque “el acusado actuó con la exclusiva finalidad de vindicar su ideología, al margen de cualquier consideración personal” y que fue precisamente la ideología la que movió al acusado a ejecutar su acción con la víctima por su estética y simbología.

También ha estimado que la atenuante de arrebato ha de ser tenida en cuenta, tal y como estimó el jurado popular, ya que éste en su veredicto consideró probado que, al menos en dos ocasiones, sus amigos advirtieron al acusado de la existencia de una navaja, lo que pudo producirle un estado de arrebato o furor leve.

Sin embargo, el juez ha rechazado la eximente de trastorno mental transitorio y las eximentes de miedo insuperable, legítima defensa, estar bajo los efectos del alcohol y actuar con una causa de justificación. También rechaza la agravante de reincidencia.

Tras el veredicto del jurado, la Fiscalía y las acusaciones pidieron la máxima pena para este tipo de delito, doce años, ya que consideraron que hubo agravantes de odio, alevosía ensañamiento y reincidencia. La defensa, por su parte, solicitó un año de cárcel y su inmediata puesta en libertad, ya que entiende que no hubo ninguna de esas agravantes en el delito de homicidio por imprudencia y cree que existe la atenuante de que Lanza actúo por miedo y movido por un arrebato.

Respecto a la petición de libertad, manifestada por el abogado de la defensa, el magistrado ha decretado que, por “la gravedad de los hechos imputados y la peligrosidad del acusado”, Lanza continúe en prisión. En consonancia con el pronunciamiento hecho por el Tribunal del Jurado, ha excluido igualmente la solicitud de indulto para el condenado.

Y sobre la pena de doce años de prisión solicitada por la Fiscalía y acusaciones, ha recordado que las acusaciones solicitaron “de manera novedosa y sorpresiva” la imposición de esta pena de prisión sin que con anterioridad las acusaciones lo hubieran citado en el juicio, ni solicitado en sus conclusiones provisionales o definitivas.

Los hechos

La muerte de Laínez ocurrió el 8 de diciembre de 2017 en el barrio de La Magdalena cuando el agresor, Rodrigo Lanza, acabó con su vida. Los testigos coincidieron en que la disputa comenzó en un contexto ideológico. Desde ese día Lanza ha permanecido en prisión provisional.

Según la autopsia, Laínez fue atacado por la espalda y golpeado brutalmente, sin posibilidad de defenderse. Tras el ataque, Lanza se marchó del lugar, dejando al fallecido tendido en el suelo, agonizando.

Cuatro días después falleció en el Hospital Miguel Servet de Zaragoza a causa de un severo traumatismo craneoencefálico con parada cardiorrespiratoria compatible con una contusión de fuerte intensidad en la región temporoparietal derecha.

Reacción de la familia de Victor Laínez

El hermano de Víctor Laínez se ha mostrado visiblemente emocionado y apenado tras escuchar el veredicto y la sentencia ya que “no lo entiende”. Ha asegurado que siente “vergüenza” por una sentencia que considera insuficiente. “Otra vez se va de rositas. Sale muy barato matar”, ha señalado asegurando que “esperan ganar tras recurrir la sentencia”.

“Un jurado que no sabe nada jurídicamente es difícil que juzgue bien. No tienen ni idea, como no la tengo yo sobre cuestiones jurídicas”, ha sostenido. “Solo pido, que cuando salga a la calle Lanza, si alguien se cruza con él que, por favor, se dé la vuelta porque estoy seguro de que la volverá a hacer”, ha lamentado.

El abogado de la familia Laínez, Juan Carlos Macarrón, anunció el viernes tras la publicación del verdecito que recurrirá el fallo y mantuvo que lo que pasó aquel 8 de diciembre de 2017 en el bar Tocadiscos fue un asesinato. Macarrón calificó de “muy decepcionante” el veredicto y ha abogado por suprimir el jurado, al considerar que los integrantes no tienen conocimiento jurídico alguno para valorar estos casos.