Los servicios mínimos del bus urbano de Zaragoza oscilarán entre el 46% y el 61%

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El Ayuntamiento de Zaragoza ha fijado, a través de un Decreto de Vicealcaldía, los servicios mínimos para la huelga convocada por los trabajadores de la empresa Avanza de Zaragoza, concesionaria del autobús urbano, a partir de mañana sábado.

Salvo que se llegara a un acuerdo entre empresa y trabajadores, están anunciados paros parciales en horario de 8.00 a 10.00 horas y de 20.00 a 22.00 horas, los días 20, 21, 27 y 28 de febrero y 6, 7, 13 y 14 de marzo. Los servicios mínimos oscilarán entre el 46% los sábados de 20.00 a 22.00 horas y hasta el 61% en la franja horaria de las 8.00 a las 10.00 horas de los sábados también.

De manera global, según las dotaciones habituales para cada línea y franja horaria, de media se establece un servicio mínimo, los sábados, del 61% para la franja horaria de 8.00 a 10.00 horas y del 46% en la franja horaria de 20.00 a 22.00 horas. Los domingos, se establece un servicio mínimo global del 53% para la franja horaria de 8.00 a 10.00 y del 52% en la franja horaria de 20.00 a 22.00 horas.

El decreto especifica que las expediciones iniciadas a la hora de inicio de los paros realizarán su trayecto completo hasta el final de la línea, permitiendo la subida y bajada de viajeros. El servicio que realicen los autobuses hasta el final de línea será considerado como servicios mínimos a todos los efectos. Por otra parte, el servicio para personas de movilidad reducida severa (PMRS) debe mantener la prestación del servicio al 100%.

Al margen de los conductores, se establecen servicios mínimos en otros puestos del servicio, entre ellos: Se fija el 50% de servicio mínimo en taller, para reparación averías. También se establece el 70% de servicio mínimo de inspección, para apoyo a los conductores, atención a incidencias y garantizar la operatividad del servicio. El servicio de atención al cliente en fines de semana se encuentra externalizado, por lo que no se precisa establecer servicios mínimos.

Desplazamientos obligados y crisis sanitaria

Para el establecimiento de estos servicios mínimos se han tenido en cuenta distintos factores. Así, se ha analizado el número de viajes realizados, distinguiendo entre los debidos a motivos obligados (de trabajo, estudios o asistencia sanitaria) y los no obligados (ocio, compras, gestiones varias…), concluyendo que hasta el año 2019 en torno al 50% de los desplazamientos realizados eran debidos a la denominada movilidad obligada, porcentaje que se ha incrementado en 2020 hasta el 84,7% de la demanda, como consecuencia de la situación sanitaria generada por la pandemia al haber descendido notablemente los desplazamientos voluntarios y la demanda en general de usos del transporte colectivo.

La movilidad obligada está directamente vinculada al ejercicio de derechos constitucionalmente protegidos, como los relativos al trabajo, la educación y salud. En esta línea, se ha considerado que los servicios mínimos en el transporte deberían ser aquellos que, aunque con dificultades y retrasos, permitan satisfacer las necesidades de movilidad vinculadas a esos otros derechos fundamentales.

Además, se ha tenido en cuenta la excepcional situación derivada de la pandemia de Covid-19, que exige garantizar, en lo posible, el cumplimiento de la limitación de aforos en los vehículos como medida que posibilite el distanciamiento social para prevenir los contagios.