Arranca este miércoles la campaña de la Renta 2019 en medio del estado de alarma

El inicio de la atención presencial en las oficinas de la AEAT estaba previsto para el 13 de mayo
photo_camera El inicio de la atención presencial en las oficinas de la AEAT estaba previsto para el 13 de mayo

La campaña de la Renta 2019 comenzará de forma telemática este miércoles, 1 de abril, y finalizará el 30 de junio, manteniendo las fechas previstas inicialmente. Así, pese a que el Ejecutivo sí ha facilitado el aplazamiento de otros trámites tributarios y administrativos, estas medidas no afectarán a la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias.

En este sentido, desde la Agencia Tributaria especialmente importante en las circunstancias actuales mantener la campaña de IRPF en las fechas previstas para que los contribuyentes puedan recibir cuanto antes sus devoluciones. No en vano, cerca del 70% de las declaraciones salen a devolver y que las que salen a ingresar se empiezan a pagar a final de campaña.

Sin embargo, el estado de alarma podría afectar a la atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, que actualmente se encuentran cerradas. En concreto, el inicio de la atención presencial en las oficinas de la AEAT estaba previsto para el 13 de mayo, por lo que todavía queda margen, pero, en cualquier caso, el 88% de las declaraciones se confeccionan por Internet.

Como en años anteriores, desde el 1 de abril los contribuyentes podrán presentar su declaración a través de la web de la Agencia Tributaria y de la aplicación móvil. No obstante, debido a las circunstancias actuales, el servicio de confección telefónico “Le llamamos”, que en principio iba a estar disponible desde el mismo comienzo de la campaña, comenzará más adelante.

Novedades

Para la campaña de la Renta 2019 de forma general quedarán exentos de presentar declaración aquellos contribuyentes con rentas inferiores a 22.000 euros anuales procedentes de un solo pagador o, en caso de tener más de un pagador, si, por orden de cuantía, la suma de todas las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores no superan en su conjunto los 1.500 euros anuales.

Sobre el modelo de declaración, este año la Agencia Tributaria ha simplificado la identificación del domicilio fiscal para evitar confusiones con los datos censales, separándolo del resto de la declaración.

Además, para la declaración de los rendimientos de capital inmobiliario, la Agencia ha desglosado todos los conceptos necesarios para facilitar el cálculo del gasto deducible. En concreto, se solicitará al contribuyente la fecha de adquisición, los gastos vinculados con la adquisición (notaría, registro, gestoría, ITP/IVA…) y las fechas e importes de las posibles mejoras (cerramientos, obras de fachada, etc.) que se hayan podido realizar en el inmueble.

Asimismo, para agilizar la tramitación de las devoluciones a que puedan tener derecho los contribuyentes y reducir el número de requerimientos, se crea un nuevo Anexo “D”, de cumplimentación voluntaria, en el que los contribuyentes podrán consignar el NIF de los proveedores de determinados gastos, así como su importe.