El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 4 de Zaragoza ha dictado una sentencia favorable a la demanda interpuesta por el Circo Zoorprendente en la que declara ilegal el artículo 7.1 r de la Ordenanza Municipal de Zaragoza para la Protección, Tenencia Responsable y venta de Animales donde se recoge la prohibición de los espectáculos con animales.
En la sentencia se mantiene que “la letra r) del art. 7.1 supone un exceso respecto de lo previsto en la Ley de Protección Animal de Aragón por cuanto el art. 34.2 permite para el desarrollo de espectáculos circenses que utilicen animales en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón”.
El fallo dicta que la prohibición de la norma municipal es “contraria a lo previsto en los artículos 34.2 y 69.17 de la Ley de Protección Animal 11/2003, confirmándose el acto en todo lo demás, y en particular, en la necesidad de contar con autorización para realizar la actividad de autos”.
En la misma se recoge “la impugnación indirecta frente al artículo 7r de la Ordenanza Municipal para la Protección, Tenencia Responsable y Venta de Animales, según modificación aprobada en fecha 25 de marzo de 2019, en la medida que se produce una contradicción con lo dispuesto en la Ley de las Cortes de Aragón”.
Contra esta sentencia se puede interponer recurso de apelación, dentro de los 15 días siguientes a su notificación, fechada el día 4 de mayo.