Los locales de ocio nocturno ya pueden operar como bares y cafeterías

La puesta en marcha de empresas volvió a tasas interanuales negativas tras dos meses seguidos de crecimiento
photo_camera La puesta en marcha de empresas volvió a tasas interanuales negativas tras dos meses seguidos de crecimiento

El Gobierno de Zaragoza ha aprobado el decreto de Urbanismo que posibilitará obtener a los establecimientos de ocio nocturno, de forma excepcional, el título habilitante para el ejercicio de la actividad como bares y cafeterías. La medida plantea alternativas que pretenden paliar las graves consecuencias económicas que sufren los mencionados establecimientos por el cierre decretado a sus negocios.

La instrucción municipal permitirá solicitar esta medida a través de la presentación del oportuno título habilitante, licencia o declaración responsable, en el Registro de Urbanismo, y tendrá una duración temporal: mientras persista el cierre de los establecimientos de ocio nocturno por motivos sanitarios.

Respecto al aforo mientras se presta la actividad de bar o cafetería, en las zonas de público de pie será de una persona por metro cuadrado y en las zonas de público sentado de 1,5 personas por metro cuadrado. Y a esto se le aplicará la reducción y restricciones oportunas establecidas por la normativa sanitaria motivada por la Covid-19, en este momento del 75% de la capacidad.

En cuanto a los horarios, la apertura será de las 8.00 horas de la mañana y no a las 6.00 para evitar que en fraude de ley se conviertan en after, y el cierre será a la 1.00. El permiso de cafés y bares permite extenderse hasta las 1.30 horas, pero la normativa vigente por la Covid-19 en estos momentos por la pandemia fija el cierre a la una de la madrugada.

La instrucción municipal aprobada también recoge la regulación del uso de los equipos de música con los que, presumiblemente, cuentan todos los establecimientos de ocio nocturno, y que podrán usarse siempre con una emisión que no supere los 75 decibelios y tras presentar la certificación técnica que así lo avale. Esta condición se recoge para garantizar el descanso de los residentes y, en caso de no cumplirse, conllevaría dejar sin efectos jurídicos la autorización de funcionamiento como bar o cafetería, además del oportuno procedimiento sancionador.

Si la implantación de esta actividad de bar o cafetería en estos establecimientos precisara de la ejecución de obras o de la modificación de sus instalaciones, a la declaración responsable o a la licencia de funcionamiento le precederá otra declaración responsable o licencia para la ejecución de las obras o instalaciones, con arreglo al mismo criterio.