El condenado, H.R. estaba fumando marihuana y no llevaba mascarilla el pasado 20 de enero en una calle de Ejea de Los Caballeros

La acusación particular de los guardias civiles agredidos por un hombre que estaba fumando marihuana y sin mascarilla en Ejea ha recurrido la sentencia que culpa al agresor a una pena de nueve meses de prisión por un delito de atentado a la autoridad. La acusación, ejercida por la Asociación Española de Guardias Civiles a través del letrado Jorge Piedrafita, discrepa en la calificación jurídica por “la escasez de la condena del delito de atentado a la autoridad”, para la que la acusación solicitó tres años de prisión.

El condenado, H.R. estaba fumando marihuana y no llevaba mascarilla el pasado 20 de enero en una calle de Ejea de Los Caballeros. Al recriminarle que se colocara la mascarilla, el joven comenzó a golpear la cara, retorcer los dedos e incluso morder el hombro a uno de los agentes. Por esto, H.R. ha sido condenado a nueve meses de prisión por un delito de atentado a la autoridad, una multa de 40 días por lesiones leves, la indemnización por el daño sufrido por los agentes y el abono de los costes procesales.

El recurso apoya el relato de hechos probado por el Magistrado en la sentencia, ya que las pruebas aportadas por la acusación enervaron la presunción de inocencia del investigado ahora condenado y acreditaron los hechos delictivos. Si bien en el recurso presentado por la Asociación, “se discrepa en la calificación jurídica de la escasez de la condena del delito de atentado a la autoridad”. Por ello, la acusación solicitó la pena máxima de tres años de prisión por el delito de atentado a la autoridad, entendiendo que fue un ataque sorpresivo, cuando se estaba sancionando un incumplimiento de medidas sanitarias y que la realización del mordisco con intencionalidad y alevosía además, “puso en grave riesgo de contagio al agente por Covid-19 en unas fechas en que los datos de contagio eran muy elevados en Ejea y Zaragoza”, han añadido.

En el mismo sentido se discrepa con la calificación como delito leve de las lesiones que padecieron los agentes, ya que estos a consecuencia del dolor de los daños tuvieron que recibir tratamiento con medicación que según la jurisprudencia determina que se trata de delito grave con pena superior de prisión y no de multa como reclamó la acusación de los guardias civiles.

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