La Junta Electoral Central ha acordado que la contratación de vacaciones podrá ser una excusa para librarte de participar en una mesa electoral el 23 de julio. Será siempre y cuando la jornada electoral coincida con un desplazamiento o estancia de carácter vacacional, que haya sido contratado antes de la fecha de convocatoria de las elecciones (el 29 de mayo) y cuya cancelación ocasione un perjuicio económico o un trastorno grave al solicitante.
No obstante, esta circunstancia se dará por válida “siempre que se asegure la integración plena de las mesas y que se acredite documentalmente la debida antelación del contrato, así como el perjuicio económico o trastorno graves alegados”.
Por otro lado, la Junta Electoral Central ha aprobado que los electores que voten por correo deberán identificarse con el DNI no solo al solicitarlo sino también al emitir el voto. Tras los incidentes con el voto por correo especialmente en Melilla para las municipales y autonómicas del 28 de mayo, el órgano ha decidido reclamar en toda España que el elector muestre su DNI o documento análogo a la hora de depositar su voto.
La JEC ha explicado que, si el elector no pudiera acudir personalmente a entregar la documentación, deberá otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona, que deberá estar firmada por el elector y acompañarse de fotocopia de su DNI o documento análogo.