El TSJA vuelve a confirmar que el Gobierno de Aragón debió entregar más EPI a los sanitarios

La Sala de lo Social del TSJA ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Zaragoza
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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha hecho público este jueves una sentencia en la que desestima el recurso presentado por el Servicio Aragonés de Salud (SAS), el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS), y la Diputación General de Aragón y confirma la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Zaragoza. En la que se da la razón al sindicato médico Fasamet por incumplir con su obligación de dotar de equipos de protección individual (EPI) a su personal sanitario.

El sindicado Fasamet presento la demanda ante el Juzgado de lo Social nº 1 de Zaragoza, en la que declaró por parte del Gobierno de Aragón que se había producido una “vulneración de derechos de los trabajadores/empleados públicos (funcionarios, personal estatutario y personal laboral, del Grupo de clasificación A, Subgrupos A1 y A2) y reconocimiento y restablecimiento de los mismos, en materia de prevención de riesgos laborales”.

La sentencia del TSJA afirma que “no puede haber duda sobre el mantenimiento del deber de protección de los trabajadores durante la pandemia, pues el estado de alarma dejó sin efecto temporal muchas normas de nuestro ordenamiento jurídico, pero ninguna de las incluidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

La sentencia añade que el Real Decreto Ley 13/20, de 7 de abril (dictado en pleno estado de alarma) recordó “la obligación respecto al personal trabajador al que se refería, acordando en su art. 4 que el empresario deberá asegurar en todo momento la disponibilidad de medios de prevención apropiados frente al Covid-19”.