El Gobierno de Aragón seguirá la orden del Ministerio de Sanidad que permite la caza y pesca de forma recreativa, en todas sus variantes. Antes, por motivo de la pandemia Covid-19, la comunidad actuaba según una orden propia en la que la actividad cinegética solo estaba permitida para un control poblacional de animales en los municipios.
La semana pasada, el Ministerio de Sanidad publicaba en el BOE la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, por la que se permite la actividad cinegética y la pesca deportiva y recreativa en todas sus modalidades siempre que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevención fijadas por las autoridades sanitarias, en los territorios que hayan alcanzado la Fase 1.
Como consecuencia, el Gobierno de Aragón anula la Orden AGM/329/2020, de 17 de abril, publicada con anterioridad en el BOA y se regirá por la orden del BOE. De esta forma, no solamente se reanudan los controles poblacionales de jabalí, conejo, corzo, ciervo y cabra montés, sino que se extiende al resto de las especies cinegéticas. Asimismo, ya no será necesaria una declaración responsable del alcalde de la localidad y del propio cazador que justifiquen el control de la población para cazar en unos municipios concretos. Con anterioridad debía de quedar probado que existían daños agrícolas y riesgos de sanidad animal en una zona en concreto.
La orden del BOE establece que el límite de movilidad se restringe a la provincia. Asimismo, determina que para el desarrollo de la actividad cinegética organizada que implique a más de un cazador, se deberá disponer de un plan de actuación por parte del responsable en el que se detallen las medidas de prevención e higiene a observar.
Durante el desarrollo de las actividades cinegéticas y de pesca deportiva y recreativa previstas, el Ministerio exige las medidas generales de prevención e higiene frente al Covid-19 indicadas por las autoridades sanitarias y en particular. Como el uso de la mascarilla cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad establecida será obligatorio el uso de mascarilla. Tampoco se compartirán utensilios de caza o pesca, ni utillaje de comida o bebida. Así mismo se deberá limpiar y desinfectar el vestuario y los utensilios de caza y pesca utilizados.
Cabe recordar que estas actividades se desarrollan en Aragón de acuerdo a las exigencias establecidas en el Plan General de Caza y el Plan General de Pesca, publicados anualmente, y las autorizaciones excepcionales que emite el INAGA.