Los forenses reiteran que la fractura en el cráneo de Laínez "no pudo producirse por una caída"

El director del IMLA explica la lesión producida en el hueso más duro del temporal a través de una impresión 3D
photo_camera El director del IMLA explica la lesión producida en el hueso más duro del temporal a través de una impresión 3D

La cuarta sesión del juicio por el conocido como “crimen de los tirantes” ha acogido las declaraciones conjuntas de los siete médicos forenses, tres de ellos del instituto de Medicina Legal de Aragón (IMLA). Su director, José Manuel Arredondo, firmó junto con la forense María Aránzazu el acta de la autopsia de Víctor Laínez. De esta autopsia extrajeron la conclusión principal de que no presentaba lesiones de forcejeo, lucha o defensa y que la causa de la muerte fue “un severo traumatismo craneoencefálico compatible con la contusión de fuerza relativa intencionada en el temporal descartando por completo una fractura producida por caída”. “Fue una muerte violenta, homicida y que produjo alteraciones encefálicas incompatibles con la vida”, ha dicho.

Según ha explicado el forense José Manuel Arredondo con las pruebas complementarias, entre las que están los TAC realizados durante el ingreso hospitalario, “se vislumbra la fractura en la zona ósea. El paciente tiene la cabeza apoyada en la camilla del TAC por lo que si la lesión hubiera sido al caer estaría ahí sin embargo la fractura está alta”. “El hueso se ha fracturado, la zona está hundida, lo que significa que el hueso ha ofrecido una resistencia a otro vector de fuerza que la empujado de atrás hacia delante”.

El médico forense Calatayud, traído por parte de la acusación particular, ha explicado que “ninguna fractura en el cráneo mata”. Lo que mata, ha dicho, “es lo que haga en impacto en la cabeza y modifique el cráneo”. En opinión del médico, en este caso, el cráneo ya en el suelo inmóvil recibió “múltiples golpes en varias direcciones” y ha descartado “un contragolpe como demuestra la autopsia”.

La defensa, por su parte, ha traído al juicio al perito judicial médico Esteban Fernández, que ha explicado como la lesión en el temporal “no es la circunstancia fundamental que ha causado la muerte”. En su lugar, ha explicado, “es la parada cardiorrespiratoria de 34 minutos”. “La causa fundamental de la muerte es el contexto: un traumatismo craneoencefálico acompañado de las patologías previas del fallecido: un corazón enfermo que tiene obesidad, hipertensión, apnea del sueño con necesidad de respirador nocturno, enfermedad del corazón crónica posiblemente por un alcoholismo que hace que su corazón sea de un tamaño y volumen mayor al esperado que pesa 734 gr cuando el peso esperado es de 455 gr”, ha explicado Esteban Fernández.

“La lesión principal está causada por un impacto del cráneo que no es posterior ni anterior. La lesión se sitúa un poco por encima de la oreja, es lateral, no posterior y es compatible con la caída al suelo por el impacto de la cabeza contra el suelo y no es compatible con puñetazos”, ha concluido.

Médicos del Salud que atendieron a Laínez

Sin embargo las médicas que atendieron a Laínez cuando llegó al centro hospitalario no han descartado que esa fuerte lesión en el hueso más duro del cráneo pudiera realizarse con una patada o producirse por una caída contra el suelo. Eso sí, si se hubiera producido esa lesión por caída, no se explica el resto de lesiones en distintas partes. “Por una caída contra el suelo se podría haber roto el maxilofacial o la nariz e incluso contra un suelo duro se puede romper el temporal pero no se tendrían las lesiones frontales”, ha explicado una de las doctoras, que ha asegurado que “el resultado de esa muerte cerebral era consecuencia de todo ese conjunto de traumatismos que tenía por la parte trasera y delantera”.

El abogado de la defensa, Endika Zulueta, ha preguntado a las doctoras por el historial médico de Laínez. Estas han explicado que había una miocardiopatía dilatada que necesitó un balón de contra pulsación, alcoholismo, una patología cardiaca porque tenía el corazón más grande, una insuficiencia respiratoria por lo que tenía que dormir con cepa y una insuficiencia renal crónica. Zulueta ha preguntado por la ausencia de un informe toxicológico y la doctora ha respondido que en el informe de ingreso figuraba que consumía sustancias tóxicas pero esto fue confirmado por unos amigos. “No tenemos la obligación de hacer un informe toxicológico si no se pide por eso no se realizó”, ha justificado.

Por su parte el abogado de la acusación popular, ejercida por el partido político Vox, David Arranz, ha preguntado por cómo hubiera sido su vida en el hipotético caso de que hubiera sobrevivido. La médica ha asegurado que “las lesiones eran severas y hubiera tenido que someterse a cirugía maxilofacial”.