LUIS FERRUZ, Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad, miembro de la Comisión GIRA, Gestión Integral de Residuos de Aragón, de la DGA.


Al hilo de las recientes reformas que entrarán en vigor para 2021 en la fiscalidad de planes de pensiones realizamos las siguientes consideraciones.

Los planes de empleo son voluntarios y no han terminado de arrancar, lo mismo que el resto de instrumentos financieros para el ahorro a largo plazo posiblemente por una conjunción de factores como la falta de liquidez, una fiscalidad mejorable y, sobre todo, porque se diga lo que se diga tenemos en general un buen sistema de Seguridad Social y de pensiones si nos situamos en análisis financiero comparado internacional, esperemos que no se siga deteriorando con la crisis sanitaria, financiera y social que nos asola, aunque ciertamente podría ser muy mejorable por diversos motivos que en estos momentos no viene al caso profundizar, pero no me resisto a indicar entre ellos unos problemas de financiación en parte derivados por la necesidad  de una reordenación del gasto y trasvase a otras partidas presupuestarias,  y que quizás no se trata de gastar más sino de gastar mejor. Como decía, no han terminado de arrancar los planes de empleo y ahí está por ejemplo el dato de que no llegan al 2% de las empresas que los tienen, y están cubiertos menos del 20 de los trabajadores.

Si la persona cambia de empresa, se jubila o se queda en el paro las consecuencias pueden tener sus matices y muchas variantes, por lo que recomendamos por un lado mirar bien las especificaciones del plan de empleo y analizar bien el caso concreto con un asesor financiero titulado y con experiencia,  como los que hemos ido formando en la Universidad de Zaragoza con titulación europea homologada y certificada E.F.P.A., sobre todo para ver si se pueden traspasar derechos consolidados a otro plan de pensiones, cobrarlos, moverlos a otros instrumentos financieros, etc.  A la recíproca no parecen existir tantas restricciones, ya que los planes de pensiones individuales sí que son traspasables a un plan de empleo, lo mismo si se es beneficiario como partícipe.

El rescate de planes de pensiones de empleo sólo puede ser al término de la relación laboral. En consecuencia sólo en la jubilación, o bien por contingencias como la dependencia o la invalidez.

El incentivo fiscal al ahorro y a los planes de pensiones de empleo siempre es bueno y no es deseable desicentivarlo, que es lo que trae el enfoque de los Presupuestos 2021 con respecto a planes de pensiones individuales. Bienvenida por fin una reforma incentivadora fiscalmente y de apoyo financiero para los planes de empleo, especialmente para pymes y autónomos, pero es también fundamental, aparte de que se retome el pulso de la actividad económica cuando esté resuelta la crisis sanitaria, que se involucren y participen  mucho más en el tema decididamente sindicatos, trabajadores y empresas. El mundo no se cambia con las leyes y la normativa, hace falta motivación, compromiso y consenso por parte de los agentes implicados.

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