VICENTE FRANCO GIL. Licenciado en Derecho.


Esta tendencia en auge, astuta y lacerante, atenta gravemente y cada vez más contra la formación de la conciencia individual y colectiva. A pesar de que en las instituciones democráticas la aritmética numérica otorga poder a la jerarquía que las componen, esto no significa que, asimismo, puedan determinar inconcusamente qué se considera en cada momento como bueno y qué como malo, qué idóneo y qué inapropiado, o versionar arbitrariamente estos parámetros cuando convenga.

La uniformidad doctrinal (esclavitud mental) de las personas ha sido de largo un codiciado desiderátum de las corrientes políticas más totalitarias que, casualmente, coinciden con las que enarbolan banderas progresistas. En nuestro país, por concretar, la izquierda alevosa (en connivencia solapada con la derecha retraída y acomplejada) desde su posición dominante, fabrica vehementemente en sus talleres libertarios un estándar antropológico tan sesgado y sectario como huérfano de criterio científico, incardinado unidireccionalmente en la senda de la imposición irrefutable del mismo.

En este sentido, el dogmatismo que suscribe la ideología de género, alienada y fomentada en gran medida por el gobierno de la nación, fundamentalista e identificada con el pensamiento único, así como sostenida por sus acólitos competenciales sitos en las Comunidades Autónomas, a la sazón en las áreas educativas, recluye al ser humano bajo las garras de un reduccionismo antropológico tan monolítico como fanático, el cual no admite discusión. De ahí que los progresistas recalcitrantes apelen constantemente, para aquellas voces discordantes, al seductor y manido delito de odio por no estar aliadas aquellas con este peculiar enfoque antropológico que el “abuso de poder” anhela aplicar desde su privilegiado status hegemónico.

Nos encontramos en una sociedad democrática, cuyo gobierno nacional y sus ministerios, endiosados quizá exacerbadamente en sus cargos, obvian y olvidan las prescripciones contenidas en nuestra Constitución, siendo esta el vértice piramidal del ordenamiento jurídico al que tanto los ciudadanos como los poderes públicos están sujetos. En ella se articulan con detalle los derechos fundamentales y las libertades públicas avalados y garantizadas por los principios de legalidad, seguridad jurídica e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, entre otros.

La Constitución garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto, sin que confesión alguna tenga carácter estatal. Así las cosas, impeler la ideología de género (desplegada en una amplia gama normativa) por parte del temerario binomio social-comunista, y doblegar a quienes constitucionalmente se manifiesten y obren según el recto proceder de sus convicciones tanto religiosas como ideológicas contrarias a dicha ideología, incluso observando siempre el orden público protegido por la ley, deviene claramente en un doloso error improcedente, abyecto y repugnante. Por otro lado, la Constitución también garantiza, por medio de los poderes públicos, el derecho que asiste a los padres para que los hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones, y no las del Estado, pues, siendo todos iguales ante la ley, no puede prevalecer discriminación alguna ni óbice que obstaculice la ejecución del referido derecho.

Con una interpretación literal se entiende a todas luces que es inconstitucional imponer en los centros educativos (públicos y concertados) cualquier ideología adoctrinadora, como la de género, así como dificultar el libre desarrollo de la personalidad. La educación moral se enseña y se aprende en el seno familiar y no en las escuelas, siendo en su caso éstas las encargadas de reforzar aquellos principios que previamente se establecen en la familia. Además, para tildar a alguien de homofobia por el hecho de vivir acorde con sus creencias, previamente, habría que tachar de homófoba a la religión que practique (y con ello ilegalizarla), a la corriente filosófica en que se inspire o al ideario social en que se desenvuelva. Si así fuera, nos encontraríamos ante un Estado censor, despótico, opresor y tirano, muy alejado de nuestro espíritu democrático, social y de derecho.

La ley no puede crear un patrón moralista, ni determinar categóricamente un Código Ético y de Conducta como modelo inamovible de convicciones personales o credos religiosos. La libertad no puede monopolizarse en manos de adalides rebeldes que, al mismo tiempo, retuercen el léxico y la semántica del lenguaje a su antojo, manipulándolo con eufemismos incongruentes. Quienes se sientan progresistas, modernistas y anárquicos empedernidos, no deben confundir la libertad de expresión con el delito de odio, y también deben saber que discrepar no equivale a odiar, que respetar no consiste en callar y tragar, y que ese respeto no responde a una sumisión ciega y rendida. Si el progreso avanza en la virtud entonces se contribuye al bien común, si altera y confunde la esencia identitaria del individuo entonces debe ser desdeñado.

Por tanto, la deducción es muy simple, ya que no puede haber moral de Estado ni puede haber una imposición antropológica específica del ser humano, porque de haberlas el propio Estado se declararía “confesional” violando la vigente Constitución que proscribe dicho posicionamiento. Con todo, es penoso observar cómo a la largo de la historia la inclinación hacia la dominación de unos sobre los otros es patente y está latente. Quienes más predican la diversidad son quienes paradójicamente constriñen el pluralismo y abrazan el igualitarismo radical, ambicionando el control de la conciencia individual.

El hidalgo Alonso Quijano, en la novela literaria de Don Quijote de la Mancha, espetó entonces a su fiel escudero Sancho, mediante la pluma de su insigne autor, este aserto de perenne actualidad: “lucho contra tres enemigos: el miedo, la injusticia y la ignorancia”.

Hoy como ayer, sin tregua, se sigue luchando. ¡Y cuánto queda todavía por lidiar!

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