Opinión

El rodillo del sectarismo ideológico

La educación diferenciada, en lo relativo al régimen de conciertos, mantiene una tensión histórica dentro de nuestro ordenamiento jurídico al generar “políticamente” un choque frontal entre los derechos a la educación y a la libertad de enseñanza.

La educación diferenciada, en lo relativo al régimen de conciertos, mantiene una tensión histórica dentro de nuestro ordenamiento jurídico al generar “políticamente” un choque frontal entre los derechos a la educación y a la libertad de enseñanza. En Aragón existen centros con este perfil donde los fondos públicos no tienen a bien subvencionar este modelo educativo constitucional, al parecer, por ser discriminatorio.

Recientemente el Tribunal Constitucional (TC), mediante nota de prensa que adelantó el fallo del mismo apoyando la recurrida LOMLOE o “ley Celaá”, otorga su aquiescencia a la exclusión de la financiación pública a los centros de enseñanza donde la progresía afirma que se segrega por sexos, es decir, a la educación diferencia. De esta forma, consiente en que el legislador actúe libremente y sin límite para disponer del régimen de acuerdos que ampara el artículo 27.9 de la Constitución Española (CE), significando por ello, de forma solapada, que vacía de contenido este precepto constitucional.

El derecho a la educación ha sido definido por Dionisio Llamazares Fernández, jurista y catedrático de universidad, como “el derecho a formar en libertad y para la libertad la propia conciencia como parte del derecho al libre desarrollo de la personalidad en expresión del artículo 10.1 CE”. Por su parte, la libertad de enseñanza implica, en palabras de Martínez de Pisón, una “actividad encaminada de modo sistemático y con un mínimo de continuidad a la transmisión de un determinado cuerpo de conocimientos y valores, que se conforma como una proyección del derecho de libertad de conciencia consagrado en el artículo 16.1 CE”.

En este sentido, y hasta la fecha, la doctrina del TC reiteraba que el modelo de la educación diferenciada es una propuesta pedagógica más con un ideario propio, y que por tanto es compatible con el sistema educativo que emana de la Constitución (artículo 27), pudiendo acceder al régimen de financiación pública en igualdad de condiciones como así acceden otros modelos existentes. La respuesta de los jueces ha sido siempre contundente: la educación diferenciada no es discriminatoria, ni a tenor de la legislación nacional ni a tenor de los Convenios y Tratados internacionales, pues de otra manera no estaría vigente este modelo educativo.

A nivel internacional, el argumentario se basa, entre otros Tratados, en la Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones de la UNESCO (1960), aduciendo además que en numerosos países europeos este modelo educativo está presente en la enseñanza. A nivel nacional, el razonamiento es patente: aunque separar a los alumnos por sexos supone una diferenciación jurídica, “sin embargo, responde a un modelo o método pedagógico que es fruto de determinadas concepciones de diversa índole que entienden que resulta más eficaz un modelo de educación de esta naturaleza que otros. En la medida en que la Constitución reconoce la libertad de enseñanza (art. 27.1 CE), resulta conforme a ella cualquier modelo educativo que tenga por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el respeto a los principios y a los derechos y libertades fundamentales (art. 27.2 CE)”.

El nuevo fallo del politizado TC (estómago agradecido de un Gobierno resentido y desintegrador) no atribuye a la enseñanza diferencia un carácter discriminatorio per se, dada la evidente y antecedente fundamentación doctrinal. Ahora lo que pretende es desvincular aquel modelo educativo, tan constitucional como el mixto, del régimen de conciertos por el mero hecho de no responder a una concepción ideológica del sistema educativo que está inspirada en valores constitucionales (¿?).

Con todo, la enseñanza pública, que debiera se ideológicamente neutral, concurre con centros escolares de titularidad privada que, a todas luces, representan la concepción pluralista de la sociedad española. Por ello, y respecto a la financiación de los centros de titularidad privada, el artículo 27.9 CE “ordena” a los poderes públicos ayudar a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca, claro está con objetividad. La interpretación del alcance y contenido de este precepto constitucional no ha sido nunca pacífica, especialmente porque el artículo 27.4 CE señala que la enseñanza básica es obligatoria y gratuita, pero no precisa que ésta deba impartirse en un centro educativo de una concreta titularidad.

Es llamativo que en un intervalo corto de tiempo (2018-2023) el Tribunal Constitucional haya cambiado bruscamente de criterio, un viraje doctrinal inusual, generando con ello una inseguridad jurídica propia de regímenes totalitarios. Imponer modelos educativos, además de quebrar el principio de neutralidad, propicia la demolición de raíz del pluralismo social, vulnerando con ello el artículo 9 de la CE dado que los poderes públicos están sujetos a la Constitución. Secundar un reparto voluble de fondos públicos según el arbitrio de las Administraciones, y el libre albedrío del legislador establecido en la deplorable ley Celaá, manifiestan una vez más la quiebra absoluta y total de nuestro Estado Democrático, Social y de Derecho.

No obstante, las Comunidades Autónomas tienen capacidad competencial para establecer conciertos en su área territorial. En Aragón, la izquierda bien podría alardear de solidaridad inclusiva atendiendo a la pluralidad de la comunidad educativa. Un sistema democrático que no se arroga los medios necesarios para frenar los abusos de poder, créanme que fomenta el cese de la libertad efectiva frente a un panorama coyuntural tan consentido como decadente. Mientras la ciudadanía siga dormida y ciertas instituciones con peso específico anestesiadas, el caciquismo libertario seguirá surcando los mares de la irracionalidad, el desconcierto, la manipulación y la sinrazón enfermiza. Es necesario que España despierte ya.