El Justicia sugiere al Ayuntamiento de Zaragoza poner en marcha de la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas

El Justicia afirma que su funcionamiento se basará en criterios de independencia técnica, celeridad y gratuidad.
photo_camera El Justicia afirma que su funcionamiento se basará en criterios de independencia técnica, celeridad y gratuidad.

El Justicia de Aragón ha comunicado al Ayuntamiento de Zaragoza que ponga en marcha la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas y nombre a sus miembros, en aplicación del artículo 137 de las Bases de Régimen Local, que establece la obligación de crear un órgano municipal que resuelva este tipo de reclamaciones.

Es un órgano especializado con las funciones de conocimiento y resolución de las reclamaciones sobre actos de gestión, liquidación, recaudación e inspección de tributos e ingresos de derecho público, que sean de competencia municipal; la emisión de dictamen preceptivo sobre los proyectos de ordenanzas fiscales; y la elaboración de estudios y propuestas en materia tributaria.

Dicho órgano estaría constituido por un número impar de miembros, con un mínimo de tres, designados por el Pleno, con el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros que legalmente lo integren, de entre personas de reconocida competencia técnica. Su funcionamiento se basará en criterios de independencia técnica, celeridad y gratuidad.

El incumplimiento hasta el momento de esta obligación ha supuesto que los ciudadanos no han tenido la posibilidad de reclamar contra los actos de gestión, liquidación, recaudación e inspección de tributos e ingresos de derecho público de los municipios incumplidores, ante estos órganos especializados e independientes.

De esta forma se han desincentivado los recursos contra estos actos. Los afectados, ponderando las escasas posibilidades de que se estimase el recurso de reposición y el coste que supone acudir a la vía jurisdiccional, han desistido de recurrir.

Esta situación se ha producido en un periodo en que los tributos locales han generado una gran conflictividad como, por ejemplo, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana o “plusvalía”, el IBI y los valores catastrales, etc.