La ordenanza que prohíbe al patinete eléctrico ir por la acera comienza a aplicarse

Aquellos que circulen por las aceras se enfrentan a sanciones
photo_camera Aquellos que circulen por las aceras se enfrentan a sanciones

La conocida como ordenanza del patinete comienza a aplicarse desde este martes en Zaragoza. La nueva normativa establece que estos vehículos de movilidad personal deben circular por carriles bici y por calzadas con limitación a 30 kilómetros por hora y les prohíbe ir por las aceras.

El pasado día 31 de enero, el Gobierno de Zaragoza aprobó el proyecto de ordenanza municipal de vehículos de movilidad personal que tras un trámite de alegaciones fue sometida a enmiendas de los grupos.

El texto de la ordenanza, que consta de ocho artículos, pretende establecer una regulación mínima sobre la clasificación y condiciones de circulación y aparcamiento de los VMP, a la espera de contar con un marco normativo estable y común de carácter estatal.

Sobre las zonas de circulación, la ordenanza establece que los patinetes deben transitar por los carriles bici y por calzadas con limitación de velocidad a 30 kilómetros hora o menor. La principal novedad es que no se contempla la circulación por aceras.

Respecto al aparcamiento, éste podrá realizarse en las mismas condiciones que las bicicletas para los patinetes de tipo “A” -los más extendidos- y en las mismas que ciclomotores y motocicletas para los de tipo “B”, que son los más potentes.

Ahora, a esa normativa se le añaden los votos particulares que fueron presentados por el grupo municipal del PSOE que plantean que queden excluidos los carriles bus-taxi y aquellos sobre los que exista algún tipo de restricción.

Igualmente, con carácter anual se realizará un proceso de evaluación que analice la evolución del uso y de las tipologías de VMP, así como de las necesidades de señalización, mantenimiento e infraestructuras viarias adecuadas para este tipo de vehículos.

El voto particular presentado por Cs hace referencia a que “para el transporte de pasajeros y mercancías, los vehículos de movilidad personal (VMP), deberán contar con la homologación pertinente que así lo acredite”.