El grupo municipal de Zaragoza en Común en el Ayuntamiento de Zaragoza ha presentado una proposición normativa para modificar el Reglamento Orgánico Municipal de cara a que se permita la participación de manera telemática tanto de entidades como de ciudadanos en los plenos municipales. En concreto, se trataría de la reforma de los Artículos 80 y 56, aquellos que establecen los modos de intervención de la ciudadanía en las sesiones plenarias.
«Nosotros confiábamos en que los avances dados durante la pandemia habían llegado para quedarse, tales como el teletrabajo o la participación online de las entidades vecinales o ciudadanas en los plenos del Ayuntamiento. De esto va nuestra proposición, de asegurar esas participaciones. En el fondo de lo que se trata es del derecho fundamental a la participación ciudadana», ha explicado el portavoz de ZeC Pedro Santisteve.
Hasta ahora, durante la legislatura actual, la pandemia había obligado a que estas intervenciones se realizarán de forma telemática pero tras las últimas olas en las que la incidencia vuelve a ser menor este sistema ya no está previsto para que las entidades puedan participar sin asistir presencialmente a las sesiones. De este modo, aseguran desde la formación, «se cierra una vía para la participación» dado que, entre otras cosas, «no da opciones de conciliación con la vida social y laboral en el caso de la ciudadanía en general, al buscar un descanso laboral para poder intervenir, por ejemplo».
Según el artículo 213 del reglamento, una vez presentada la proposición con su exposición de motivos y antecedentes ante la Junta de Gobierno Local se someterá a informe jurídico y, en su caso, a informe técnico y económico, por plazo de treinta días. Así, la proposición, junto con los informes y una valoración sobre la oportunidad y procedencia de la iniciativa normativa efectuada por la propia Junta de Gobierno Local, serán remitidos al Secretario General del Pleno para su tramitación en la Comisión Plenaria competente, conforme a lo establecido en el capítulo anterior.
Las sugerencias y reclamaciones que, en su caso, se produzcan en el periodo de audiencia e información pública serán valoradas por la Comisión del Pleno competente, a los efectos de mantener o modificar el texto normativo en su dictamen.